“Señores de BoA – Boliviana de Aviación, esta tarde cometieron un acto de discriminación al dejar en el aeropuerto de Tarija a mi padre, el señor Felix Vaca, un anciano de 80 años, no vidente y con graves limitaciones de audición”, señala Vaca en su muro de Facebook.
Según la periodista, su padre estaba esperando en el Aeropuerto de Tarija el vuelo de las 14.30 desde las 13.15, cuando le dijeron a su hermana que esperaran en un determinado lugar para luego recoger a Don Félix en una silla de ruedas (y abordar el avión), pero nunca llegó ni la silla ni el personal de BoA.
“Cuando se presentó el reclamo, dijeron que el vuelo se había retrasado, luego confirmaron que ya el vuelo se había ido. La prueba de que esto es deliberado es que, ante los reclamos de mi familia, devolvieron el equipaje de mi padre, lo que quiere decir que ni siquiera cargaron el bolso al avión y que seguramente dispusieron del boleto de mi padre para otra persona, como suelen hacer con los vulnerables”, indicó Vaca.
Además, dijo que para colmo, su otra hermana, que estaba esperando por su padre en Yacuiba, tuvo que tomar el vuelo de emergencia para volver a Tarija y “no le hicieron valer el boleto que ella tenía comprado para el miércoles, y tuvo que comprar uno nuevo”.
“Señores de BOA, basta de abusos, al menos tengan la decencia de devolver los boletos sin cargos, ni impuestos. Nos mereceremos mejor trato, porque pagamos por un servicio. La foto es la prueba de la inútil espera”, manifestó.
El artículo 14.I de la Constitución Política del Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexos, color, edad, orientación sexual.
El artículo 68.II. de la Constitución también prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, violencia y discriminación a las personas adultas mayores.
La Ley contra el racismo y toda forma de discriminación, aprobado por el actual gobierno en octubre de 2010, señala en su artículo 13.I.b). que constituye faltas en el ejercicio de la función pública “la denegación de acceso al servicio por motivos discriminatorios”.
El artículo 23 de esta misma norma incorpora en el Código Penal la figura de discriminación (artículo 281 ter.) y sanciona a las personas que cometan este delito con pena privativa de uno a cinco años.
Internautas se solidarizan
La queja de la periodista Vaca despertó palabras de solidaridad, protestas, testimonios y otras experiencias respecto a la línea estatal BoA.