Eso me acaban de decir”, se lamentó Lizeth, mientras se detenía frente al ascensor. Me contó que había esperado casi un mes para notificar una liquidación de asistencia familiar. No pudo hacerlo antes porque el juzgado donde se encuentra su proceso no cuenta con oficial de diligencias titular, y el funcionario suplente sólo agendaba las notificaciones una vez por semana.
Similar respuesta recibió Juan. Tenía un proceso por lesiones leves que creyó concluido. Hace dos años, concilió con la parte contraria, aceptando pagar los gastos médicos. En recientes días, fue notificado con el auto de apertura de juicio. Juan quiere saber por qué no se consideró la conciliación realizada. El juzgado está “ocupado alistando expedientes” para remitirlos al que se quedará de turno. Juan no podrá ver el suyo hasta el próximo año, después de las vacaciones judiciales.
A Daniela también le dijeron la frase que titula éste artículo. Cuenta que lleva “caminando en juzgados” algo más de tres años. El juzgado de instrucción anticorrupción y violencia, donde radicó inicialmente su proceso, estuvo sin juez durante meses. Luego, la remisión a otro juzgado demoró porque estaba pendiente una apelación incidental. El desdoblamiento y cambio de denominación de tribunales y juzgados de sentencia significó una demora adicional. Pasó el último año esperando que su proceso radique en un juzgado e inicie el juicio oral. La última suspensión dispuso un nuevo señalamiento para mediados de enero del próximo año.
Las vidas de Lizeth, Juan y Daniela están en pausa. No por los 25 días que durará el receso judicial, han estado así desde el instante en que su derecho de acceso a la justicia se hizo imposible de ejercer. El porqué es muy evidente: el sistema de justicia en Bolivia lleva estancado en un largo receso, plagado de errores y horrores que en otrora eran promesas de «Cambio».
Otros relatos dan testimonio de ése extenso letargo judicial.
Era el día uno de las «Jornadas de Descongestionamiento Penitenciario». Se acercó un señor y me preguntó si ya empezaron las audiencias. —¿Tiene usted una señalada? —pregunté. —No. Estoy aquí desde hace cinco años —dijo. Me contó que le explicaron la posibilidad de optar por algún beneficio penitenciario, pero no está muy convencido. Primero, porque se sometió a un proceso abreviado y, buen tiempo después, su abogado le informó que su expediente podría estar archivado o perdido. Segundo, Luis creía que tenía más vida ahí dentro. Quise saber qué opinaba de ésas jornadas. —Son diferentes (porque) vienen jueces y fiscales —concluyó. Empezaron a convocar las audiencias, y, antes de retirarme, le hice una última pregunta: —¿Cree que hoy salgan muchos? Con desánimo, Luis respondió: —Entran más de los que salen. Es así cada día.
Sofía interpuso un amparo constitucional porque se quedó sin trabajo, luego de que su empleador terminara su contrato laboral abruptamente. Una Sala Constitucional Departamental le concedió la tutela e instó al empleador a reincorporarla por el lapso de tiempo que quedaba del contrato. Dos años después, la revisión del Tribunal Constitucional volvió revocando la tutela, aduciendo que la Sala no aplicó la línea jurisprudencial vigente sobre el requisito de subsidiariedad. Ahora, el empleador se ampara en dicha sentencia para no reconocer los sueldos que le adeuda a Sofía y amenazarla con un proceso por daños y perjuicios.
Lamentablemente, historias similares —incluso peores— a las anteriores se repiten en todos los juzgados de nuestro país. ¿Quiénes deberían evitar esto? Según la Constitución Política del Estado (artículos 178 y 179), la justicia (incluida la constitucional) es impartida, mayormente, por la jurisdicción ordinaria. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y el Consejo de la Magistratura (CM) son las principales instituciones que la integran y la hacen posible.
El TSJ tiene por atribuciones centrales: designar vocales departamentales, elaborar proyectos de leyes judiciales, reasignar y ampliar competencias de tribunales o juzgados y velar por un pronta y correcta administración de justicia en cada uno de ellos. (Ley 025, artículos 38 y 40)
Por su parte, el CM es responsable del régimen disciplinario, políticas de gestión vinculadas a la preselección y evaluación de funcionarios judiciales (jueces, vocales, y otros), y de la administración económica-financiera del Órgano Judicial. (Ley 025, artículos 164 y 183)
Del TCP dependen la supremacía de la Constitución y el respeto de derechos y garantías de todos los ciudadanos bolivianos (CPE, artículo 196). Dichas funciones requieren que sus decisiones sientan bases jurisprudenciales sólidas y sean emitidas en forma oportuna.
Como es sabido, cada una de ésas instituciones está compuesta por magistrados elegidos en un proceso electoral y tienen un mandato de seis años. Las actuales autoridades terminan los suyos a fines del presente mes. Evidentemente, no han cumplido con sus atribuciones más apremiantes, aquellas que eran necesarias para cambiar la justicia boliviana. Al parecer, han estado ocupados en otras cosas…
En julio de 2021, Gonzalo Alcón y Dolka Gómez fueron destituidos del CM por resolución de la Sala Constitucional Segunda de La Paz, debido a tener incompatibilidad para ejercer el cargo. El recurso fue presentado por el SEPDAVI, unidad dependiente del Ministerio de Justicia. Ingresaron sus suplentes: Marvin Molina y Mirtha Meneses. El primero, en 2022, estuvo en el ojo de la tormenta luego de la difusión de un audio en donde se lo escucha negociar cargos y favorecimientos con un diputado masista.
También en 2021, se conoció la misteriosa desaparición de 186 expedientes de procesos disciplinarios en contra de jueces, correspondientes a las gestiones 2018, 2019, 2020 y 2021. Meses después, las referidas autoridades dijeron que los expedientes aparecieron “poco a poco”.
Los actuales consejeros tampoco lograron cambiar la imagen de Derechos Reales, catalogado como un servicio deficiente y corrupto. Convocatorias anuladas para jueces y vocales, además de reclamos varios de la Asociación de Magistrados dan cuenta de otras atribuciones incumplidas.
El TSJ estuvo envuelto en controversias. Una de ellas fue la designación irregular de jueces: no tenían las más altas notas o tenían una deplorable imagen pública. Tal fue el caso de Edwin Blanco, exfiscal que participó en la acusación falsa del médico Jhiery Fernández. Hoy ejerce funciones como juez de sentencia. Asimismo, el control del TSJ en tribunales y juzgados con respecto a la retardación de justicia y el seguimiento de las denuncias realizadas por litigantes fue insuficiente.
Otro punto flojo: la no cobertura de acefalías para vocales, jueces y otros funcionarios de apoyo jurisdiccional. Sobre los dos primeros, el actual presidente del TSJ, Ricardo Torres, criticó al CM por sus convocatorias para juzgados y salas. Marvin Molina respondió señalando que la Escuela de Jueces depende del TSJ y no es un ente de formación serio para ser tomado en cuenta en designaciones.
La gestión de las “Jornadas de Descongestionamiento Carcelario” tampoco fue productiva. Según datos de Régimen Penitenciario, existen alrededor de 28.000 privados de libertad, 17.000 sin sentencias condenatorias. Esto coincide con los de la Defensoría del Pueblo: más de la mitad de la población penitenciaria (66,19%) corresponde a detenciones preventivas.
El TCP ha seguido la nefasta línea iniciada por los magistrados elegidos en el primer proceso electoral. Hasta la fecha, no ha reconducido la jurisprudencia constitucional sentada por la Sentencia 0084/2017 sobre el absurdo “derecho humano a la reelección”. Su labor, además de ser lenta en las revisiones, es extremadamente ambigua; no da certezas sobre la constitucionalidad de leyes o de acciones legislativas y ejecutivas. El ejemplo reciente es la consulta de control de constitucional sobre el proyecto de ley para el proceso de elección de magistrados del Órgano Judicial. Recibió tal solicitud el pasado 20 de septiembre y no ha emitido resolución alguna, pese a saber que las nuevas autoridades deben iniciar funciones el próximo enero.
¿Cómo se llegó a esto? No cabe duda que el diseño constitucional de elección de las máximas autoridades del Órgano Judicial coadyuvó enormemente. Y no podrá mejorarse sin una reforma de la CPE. Más allá de ello, las actuales autoridades también llevan manchas de culpa.
Apenas se conoció los resultados de las elecciones judiciales de 2017, los magistrados electos del TSJ, CM y TCP ya tenían cargas muy pesadas en sus hombros: el desastre producido por los magistrados salientes, el alto grado de desconfianza ciudadana, el rechazo evidenciado en el alto porcentaje (más del 65%) de votos no validos (blancos y nulos).
Ante eso, tenían el deber de actuar con responsabilidad, mostrar voluntad para cambiar —lo más posible— la imagen del Órgano Judicial. Prefirieron seguir el ejemplo de las anteriores autoridades judiciales, subordinándose al régimen masista. Pudieron haberse ido con la frente en alto mas ahora sus nombres engrosan la lista de magistrados que destrozaron el sistema de justicia boliviano.
¿Qué les faltó? Primero: voluntad. Como bien escribió José Ortega y Gasset: “La ciencia, el arte, la justicia, la cortesía (…) son órbitas de la realidad que nos invaden bárbaramente (…) como hace el hambre y el frío; sólo existen para quien tiene voluntad de ellas”.
Segundo: sentido de justicia, una cualidad de personas y sociedades. Las últimas serán justas siempre y cuando sean ordenadas, estables y respetuosas de los derechos y libertades de sus componentes. Y en las personas, dependerá del grado de responsabilidad que demuestren con sus deberes.
“Dar a cada quien lo que corresponde” es una de las definiciones tradicionales y didácticas de justicia. Pero, tomándola como un valor o principio, adquiere un nuevo enfoque: justicia es actuar como corresponde.
¿Cómo, entonces, actuar en/con justicia? Mediante un análisis interno, cada persona (tomando valores morales), define la forma más adecuada para sus acciones y decisiones. Es ahí donde surge el ethos. Como escribió la filósofa española Adela Cortina Orts: “Nacemos con un bagaje genético y social que no hemos elegido pero las sucesivas elecciones nos llevan a incorporar ése carácter, personal o institucional, que es para cada persona e institución su destino”.
El maltrecho destino que hoy tiene el Órgano Judicial, en el que recorren las personas que buscan justicia, quizá pudo haber cambiado si los actuales magistrados hubiesen dirigido sus acciones con voluntad, responsabilidad y ética; si hubiesen entendido que su compromiso era con la justicia, no con el masismo; y si hubiesen aceptado las cargas e inconvenientes, así como disfrutaron de los beneficios y ventajas, que implican sus altos puestos.
Esas deficiencias internas también se constatan en los miembros de la Asamblea Legislativa. No fueron capaces de promover una reforma constitucional, tampoco pudieron aprobar una ley para garantizar elecciones judiciales. El masismo en su conjunto conspiró para generar un escenario entrampado del que sólo será posible salir destrozando la Constitución, ya que ella no acepta ni extensiones de mandatos ni designaciones por decretos, muchos menos vacíos de poder.
El próximo año, Lizeth, Daniela, Juan, Luis, Sofía y otros cientos de ciudadanos como ellos regresarán a los juzgados. Encontrarán un Órgano Judicial descabezado y una justicia en estado de podredumbre absoluto.
América Yujra Chambi es abogada