La Isla del Sol, patrimonio de los y las bolivianas, patrimonio de la humanidad

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David Inca Apaza es activista promotor y defensor de los derechos humanos

La localidad de Challapampa, está situada en la parte Norte de la Isla del Sol, del municipio de Copacabana de la provincia Manco Kapac del departamento de La PazBolivia, en ella se encuentran varios sitios arqueológicos –ante todo sagrados para las comunidades aimaras- desde hace varios meses atrás está siendo objeto de construcciones civiles (con materiales no procedentes del lugar) siendo ilegales, que afectan el área arqueológica protegida por normas nacionales e internacionales, catalogando a estas sitios espirituales de patrimonio ancestral cultural y de la humanidad.

Alarmado (junto a varias personas naturales como colectivas) por esta situación, una vez reunido con autoridades originarias de Challapampa y personas que fueron agredidos físicamente por algunos comunarios de Challa, solicito al amparo del artículo 24 de la Constitución Política del Estado Plurinacional, se instruya la suspensión de estas construcciones civiles y se ordene su posterior demolición, bajo los siguientes fundamentos:
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La Isla del
Sol, se encuentra en el Lago Sagrado de Titicaca, del Municipio de
Copacabana, Provincia Manco Kapac del Departamento de La Paz – Bolivia, tiene
una superficie de 9.6 Km., de largo y 4.8 Km de ancho, organizada internamente
en tres comunidades “YUMANI AL SUR”, “CHALLA AL ESTE CENTRAL” y “CHALLAPAMPA
AL EXTREMO NORTE”
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Los
arqueólogos Bauer y Stanish, realizaron excavaciones en el lugar, en su libro
“LA ISLA DEL SOL Y DE LA LUNA” paginas 212 al 243 señalan lo siguiente: “En
Challapampa se encuentra, la ZONA DEL SANTUARIO, que rodea a la ROCA SAGRADA
o (Titikala) que fue visitada y descrita por muchos investigadores (Squier
1877; Wiener 1880; Midderford 1893; Bandeiler 1910; Hyslop 1990) … Hacia el
Este se halla separada el resto de la Isla por un MURO que corre de Norte a
Sur. Dentro de la Zona del Santuario hay dos conjuntos distintos de
edificaciones Incaicas… dado que este es uno de los lugares donde se
encuentras sitios arqueológicos más sagrados…”
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Teniendo
esta referencia histórica de varios antropólogos también se tiene el respaldo
de la misma Constitución Política del Estado Plurinacional de acuerdo con los
siguientes artículos: 2, 8, 13, 21.1.5, 24, 30, 99, 108, 110, 135, 190, 191,
192, 256, 298.II.25, 304 y 403.
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La Ley
Plurinacional: Nº 1257 de 11 de julio de 1991, que eleva a rango de Ley
Nacional los 44 artículos del “CONVENIO 169 SOBRE LOS PUEBLOS INDIGENAS Y
TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES”
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La Ley
Plurinacional: Nº 3897 de 26 de junio de 2008, que eleva a rango de Ley
Nacional los 46 artículos de la “DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS
DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS”
6
La Ley
Plurinacional: Nº530 de PATRIMONIO CULTURAL BOLIVIANO en sus artículos 3, 4,
10, 13, 221, 50, 54, 55, 58 y7 59.
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El Decreto
Supremo 23364 de 17 de noviembre de 1992.
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De acuerdo
con el Perfil del Proyecto “Construcción de cabaña Ecológica Comunidad
Challa, Gestión 2016, tiene un costo estimado de Bs.480.000,00” siendo el
lugar de emplazamiento de las cabañas al Sur de la Isla del Sol camino a
Yumani y no así en la Comunidad Challapampa.
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El
arqueólogo Rubén Plaza (servidor público del Ministerio de Culturas y
Turismo), afirma en su informe referente a los sitios arqueológicos ubicados
en la Comunidad de Challapampa “que el sitio es un afloramiento de rocas y
que las construcciones (cabañas) no afectan el sitio…está protegida a 100
metros a la redonda”. Sin fundamentación Histórica dicho informe merece ser
interpelado y rechazado, por la simple razón de que no se realizó la Consulta
Previa a la Comunidad de Challapampa.
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Entonces
existe una manifiesta desproporción en los emplazamientos para la
construcción de las referidas cabañas, el perfil de proyecto menciona a la
Comunidad de Challa, el emplazamiento de cabañas ecológicas camina a Yumani y
no así realizar los trabajos en los sitios arqueológicos ubicados en la
Comunidad de Challapampa.
Estos argumentos demuestran que existe un interés individual en desmedro del interés colectivo y nacional, para lo cual se propone un conversatorio con diferentes académicos entendidos en la materia y promover una normativa ya sea municipal, departamental o nacional para que nuestros sitios sagrados o sean objeto de menosprecio y destrucción sistemática, más aún cuando los huaqueros están al asecho de las riquezas que esconde el LAGO SAGRADO Y LA ISLA SEGRADA.

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