Quien abra una cuenta falsa en RRSS con datos y fotos de otra persona puede ir a la cárcel.

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Un “fake”  es una cuenta falsa creada en las redes sociales con datos y fotos de una persona famosa o no. El proyecto de Código del Sistema Penal lo contempla en su artículo 246 y lo tipifica como “uso indebido de datos ajenos en medios informáticos”.

Según esta norma, “la persona que suplante la identidad de otra a través de un medio electrónico o digital generándole perjuicio al titular de la información o a un tercero, será sancionada con prisión de dos (2) a cuatro (4) años y reparación económica”.

Las cuentas «fake» son creadas y usadas, generalmente, en Facebook o Twitter, durante campañas políticas con el objetivo de afectar al titular de la cuenta, emitiendo desde ella mensajes, imágenes o comentarios contrarios a su pensamiento personal o línea ideológica.

Estas cuentas, que también son usadas en tiempos no electorales, causan confusión o hilaridad entre los internautas al ridiculizar a los titulares o dueños de la cuenta. 

Los “fakes” son administrados por personas reales, pero no siempre representan la identidad de algún personaje o persona en particular.

En la era digital es casi normal que una misma persona maneje simultáneamente más de una cuenta, pero se convertirá en delito, según el proyecto de Sistema del Código Penal, cuando use datos e imágenes de otra persona.

Sin embargo, hay gente que clona cuentas, en las redes sociales, no siempre con el fin de causar daño, sino con la intención de divertirse u obtener ganancias con el nombre de otro más conocido.

El proyecto de Código del Sistema Penal es tratado, en este momento, en la Cámara de Senadores.

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