Jorge Costas – K´ara K´ara, una historia de nunca acabar (Parte I)

717 views
4 mins read

Recordemos que el fallo de la Corte Superior de Distrito de Cochabamba prohibió al Alcalde de Cochabamba de Cercado echar basura en k´ara k´ara, a partir del 1ro. de Enero del año 2010, dicha decisión ratifico la Sentencia Constitucional Nº 1974/2011-R de fecha 7 de diciembre de 2011 y que volvió a confirmar la SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2012, de fecha 13 de agosto de 2012, la prohibición para la Alcaldía de Cochabamba representada por el Alcalde Municipal, autoridad recurrida, de echar basura en el relleno sanitario de K´ara K´ara a partir del 1ro. de Enero del año 2010, sea directamente o a través de instancias públicas, empresas que dependen de ella o le presten servicios, o a través de otras instancias públicas, privadas o personas particulares. Donde se asignó a la Prefectura del Departamento (hoy Gobernación) la tarea de vigilar y controlar que los mandatos señalados se cumplan estrictamente en los tiempos y las condiciones anotadas bajo responsabilidad.

Los alcaldes: Gonzalo Terceros, Tatiana Rojas, Edwin Castellanos, José María Leyes, Iván Telleria y ahora Manfred Reyes Villa, a la fecha: ninguno cumplió lo establecido por las Sentencias Constitucionales, que ordenaban cerrar el Botadero de K´ara K´ara.

En 2010 se realizó: Peritaje Técnico Ambiental, relacionado a los peligros ambientales y sus efectos a la Salud, causados por el Botadero. Dicho Peritaje muestra los efectos de la contaminación en los pobladores que viven alrededor del botadero: en su salud física y mental por la contaminación del aire con gases tóxicos, la proliferación de vectores y canes que buscan alimento en el botadero. Todo ello repercute en el deterioro de su calidad de vida.

El Peritaje también señala: que los pobladores no se encuentran bien informados de los riesgos a los que se encuentran expuestos viviendo alrededor del botadero, no cuentan con Centros Médicos especializados en enfermedades ocasionadas por la contaminación de la basura. Una de las recomendaciones es la urgente implementación de un programa específico de atención inmediata al problema del botadero y un proyecto a diseño final de un sistema de gestión departamental, que evite los problemas generados por un deficiente manejo del botadero a través de un programa apropiado que señale su manejo desde la generación, transporte, procesado y buscando la tecnología adecuada para reducir al mínimo la disposición final.

Lo que queda después de más de 10 años es: que la Gobernación pida informes sobre la Acción Popular y el grado de cumplimiento a la Alcaldía de Cochabamba (Cercado), de la Sentencia Constitucional Plurinacional del 13 de agosto de 2012, por el rol Constitucional que le asigno la Sentencia Constitucional 1974/2011-R de fecha 7 de diciembre de 2011, bajo responsabilidad.

Jorge Costas Arze es abogado

 

Facebook Comments

Latest from Blog