Vicios de inconstitucionalidad en elección de magistrados

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Iván Lima

El Proceso de Elecciones Judiciales, que iniciaremos este fin de semana con la Publicación de la Convocatoria, podría estar seriamente contaminado por vicios de inconstitucionalidad, me explico: 
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La Constitución Política del
Estado garantiza en su texto la justicia para los bolivianos, con ciertas
características, su artículo 115 señala que debe ser pronta, oportuna,
transparente y sin dilaciones. Más adelante el artículo 178 garantiza que la
justicia sea independiente e imparcial. Estas características, obligan a que
la Elección de los Magistrados que la dirigen asegure el cumplimiento de
estos mandatos imperativos. La Constitución en los artículos 182, 188, 194 y
198 señala que estas Autoridades deben ser elegidas mediante “Sufragio
Universal”.
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El concepto Sufragio
Universal, abarca dos posibilidades. El modelo ratificatorio, que es
reconocido por el artículo 79 de la Constitución del Japón, que establece que
su Congreso elige a los Magistrados y el pueblo ratifica esa decisión con su
voto. El modelo electivo, que equivocadamente elegimos el año 2011, el cual
no está establecido por nuestra Constitución y ha demostrado ser un rotundo
fracaso por las siguientes razones:
a). Viola el derecho a la libertad de expresión, la CIDH a través de
su Relatora para la libertad de Expresión Catalina Botero, en los informes
correspondientes a los años 2010, 2011 y 2012
(http://www.oas.org/es/cidh/expresion/informes/anuales.asp ) es taxativo al
señalar que una elección sin debate y con límites al trabajo de la prensa
vulnera los Derechos Humanos del pueblo y los candidatos. Este aspecto no fue
solucionado por la Ley de Ajustes que está en tratamiento en el Senado y que
ya fue aprobada en Diputados.
b). Vulnera el principio de
imparcialidad, los Candidatos que pre-seleccionara la Asamblea son 96. En
cada departamento del país un ciudadano recibirá dos papeletas, con el nombre
y foto de 32 candidatos. Las “minorías efectivas” volverán a secuestrar los
Tribunales porque están organizadas para establecer el “voto consigna”, bajo
este modelo los Cocaleros, Cooperativistas, incluso las Iglesias, lograran
acuerdos con los Candidatos pre-seleccionados. Si un candidato quiere ganar
deberá pactar acuerdo para lograr el voto consigna y de esta manera ganar la
elección. De esta manera, los nuevos Magistrados habrían comprometido su
imparcialidad por conseguir el voto. Las urnas y los “magistrados elegidos”
conseguirán los 5 votos para declarar inconstitucional el delito de aborto, o
habilitar la repostulación del Presidente Evo. Ya no será la Justicia
imparcial, sino el compromiso previo para lograr votos el que defina los temas
importantes de nuestro país.
c). Vulnera el principio de
independencia, en el modelo electivo que propone el MAS, la elección de los
candidatos al ser definida por los ⅔ de la Asamblea Legislativa, crea un
compromiso de los nuevos Magistrados con los Asambleístas. Cada Brigada
Departamental opinara por sentido común sobre los candidatos de su región.
Los elegidos, saben que para llegar a la Papeleta deben pactar con su
Brigada, de esta manera la independencia se ve destruida.
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Contrariamente el modelo
RATIFICATORIO que propongo, respeta los derechos constitucionales a una
justicia independiente e imparcial, nos garantiza Magistrados probos en la
justicia y da a cada institución su respectivo rol. Al seguir el modelo
Japonés de voto ratificatorio, logramos que la Asamblea seleccione y decida
los nombres de 16 Magistrados y Consejeros. Esa decisión que será tomada
previa evaluación de las Universidades y siguiendo un proceso TRANSPARENTE se
pone en consideración de la población que debería ratificar el voto con un SI
o con un NO. No actuar como un filtro, sino ratifica el trabajo de la Asamblea,
¿Ratifica usted el trabajo de la Asamblea Legislativa que ha elegido como
Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia al señor XXX? De esta manera la
Asamblea cumple su rol y asume la responsabilidad si realizo una mala
elección. Si el pueblo ve que el proceso fue deficiente y que no se eligió a
los mejores NO RATIFICA el proceso y, de esta manera, el voto nulo que no
sirve se transforma en un voto efectivo por el NO. Este modelo que propongo a
diferencia del anterior es 100% constitucional:
a). Respeta la libertad de
expresión, los Candidatos pre seleccionados por la Asamblea son expuestos a
la opinión pública de una manera abierta y exhaustiva. La prensa, la
sociedad, las redes sociales analizan a cada futuro Magistrado, de esta
forma, nos aseguramos que el control de la sociedad y la prensa sean
efectivos. No hay un debate entre candidatos, sino más bien una verificación
social de que el candidato es idóneo.
b). Respeta el principio de
imparcialidad, como quiera que los candidatos están seleccionados, deben
demostrarle a la sociedad que su elección fue correcta que de verdad serán
imparciales y decidirán en justicia. La sociedad recupera con su voto control
sobre las minorías efectivas, nuevamente se presenta un 21F, esta vez a la
Asamblea, si el Poder quiere imponer un Grupo de Magistrados parcializados,
la población rechazara la ratificación. El valor que se busca en este caso es
la imparcialidad.
c). Respeta el principio de
independencia, los Asambleístas se juegan su credibilidad, si el pueblo
rechaza su selección y no ratifica su propuesta se genera un conflicto grave
de credibilidad para ellos. Necesariamente, deben asegurarnos que hicieron un
buen trabajo, que eligieron hombres y mujeres independientes, porque si no lo
hacen como pueblo rechazaremos su trabajo. La independencia gana porque el
candidato que se muestre como un llunku del poder sería rechazado por la
población.
Esta propuesta no requiere de Magistrados Suplentes, que en la práctica -lo digo por experiencia- son aislados por los Magistrados Titulares y no juegan un rol salvo casos y tiempos específicos. En mi propuesta es mejor retornar al modelo de conjueces que sean llamados por los Magistrados Titulares en caso de que se los necesite. 
Finalmente, creo que la decisión de reducir el Consejo de la Magistratura de 5 a 3 miembros es muy buena. Habría que reducir el Tribunal Agroambiental a 3 miembros, de manera que a futuro sean una Sala del Tribunal Supremo y dejen de drenar los recursos de la justicia (hasta que logremos una Reforma Constitucional, será necesario mantenerlos). Pienso que el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional deben reducirse a 5 miembros cada uno, si vemos el derecho comparado en la región constataremos que necesitamos Tribunales reducidos de pocas personas. Esto garantiza que la justicia sea AUTONOMICA, que los casos terminen en cada Departamento y que los Tribunales de Sucre intervengan cada uno en no más de 100 casos por año, 100 es exagerar, que realmente asuman competencia en pocos casos de gravedad institucional, injusticia manifiesta y de real importancia. Si insistimos en tener Tribunales que ven más de 5.000 casos por año, con delegación de funciones a asistentes, estaremos profundizando la crisis de la justicia. 
Creo que en este Gobierno contamos con hombres y mujeres inteligentes capaces de analizar las consecuencias de seguir con el modelo electivo, que es inconstitucional y nos llevara a una profunda crisis en la justicia. Además en 3 años, cuando se vaya a Elecciones Generales, el pueblo no les perdonara un nuevo error en la reforma de la justicia.

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