Organizaciones sociales, redes, activistas y defensoras de derechos humanos expresaron su preocupación ante una campaña de desinformación y ataques dirigidos contra el Proyecto de Ley Nº 010, “De incorporación del tipo penal de violación incestuosa, eliminación del estupro y reconocimiento de la falta de consentimiento como elemento constitutivo del delito de violación para garantizar el acceso a la justicia” iniciativa impulsada por la diputada Andrea Ballivián que busca fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes frente a la violencia sexual.
El pronunciamiento colectivo advierte que Bolivia atraviesa un contexto alarmante, con al menos 30 denuncias diarias por violencia sexual, en su mayoría contra menores de edad. En este escenario, las organizaciones consideran urgente avanzar en reformas legales que reduzcan la impunidad y garanticen una protección efectiva de las víctimas.
Tania Sánchez de la Coordinadora de la Mujer explicó que el Proyecto de Ley N.º 010 plantea cuatro cambios principales en la legislación penal. Entre ellos, la eliminación del delito de estupro y la ampliación del delito de violación para incluir relaciones entre personas adultas y adolescentes de 14 a 18 años, salvo en casos de consentimiento entre pares con una diferencia de edad no mayor a tres años. Propone tipificar la violación incestuosa de infantes, niñas, niños y adolescentes como un delito específico, quedando la actual agravante prevista en nuestra normativa para otros casos. Establece la imprescriptibilidad únicamente del delito de violación contra menores de edad y reconoce el consentimiento como elemento central en la configuración del delito de violación de personas mayores de edad, el cual ya se exige en este delito, pero como un elemento tangencial.
La representante de la Comunidad de Derechos Humanos, Mónica Bayá aclaró que esta iniciativa responde a obligaciones internacionales del Estado boliviano, particularmente a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Ángulo Losada vs. Bolivia que evidenció fallas en la investigación y respuesta judicial frente a hechos de violencia sexual e incompatibilidad de nuestra normativa con los estándares internacionales. En ese sentido, recalcó que el cumplimiento de esta decisión no es opcional, es vinculante y forma parte de los compromisos asumidos por el país en materia de derechos humanos. Explicó que la Corte IDH no se pronunció sobre la responsabilidad penal por los hechos denunciados por Bisa De Angulo, ello corresponde a la justicia boliviana y que el análisis de la normativa penal boliviana realizada por la Corte IDH del cual derivan las medidas de modificación dispuestas en la referida sentencia se basa en una contrastación entre el texto de las leyes y los estándares internacionales por lo que no dependen de la condena o la absolución del acusado en el proceso penal seguido por Brisa De Angulo en Bolivia.
Las organizaciones denunciaron la difusión de información falsa sobre el contenido del proyecto, lo que —afirman— genera confusión en la opinión pública y debilita el debate informado. Además, se condenó los ataques y expresiones discriminatorias e insultos contra quienes impulsan la iniciativa, en particular contra la activista Brisa De Angulo. Todo ello, en criterio de Issac Rojas, representante de la Fundación Construir: “constituye discurso de odio y no goza de la protección de la libertad de expresión, lo cual ha sido expresamente descrito en los instrumentos internacionales que son de obligatoria observancia en nuestro país.”
Las organizaciones descalificaron los discursos que buscan: posicionar una presunción de falsedad de las denuncias; normalizar y justificar las interacciones sexuales de personas adultas con adolescentes calificándolas como “enamoramiento” e incluso la relativización de la violación incestuosa. Cuestionaron a las organizaciones religiosas que se oponen abiertamente al incremento de la sanción para el delito de encubrimiento de los delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes, a la imprescriptibilidad de los casos de violación a menores de edad y que rechazan se agrave la pena de delitos sexuales cuando sean cometidos por servidores/as públicos/as, así como por líderes religiosos o espirituales aprovechándose de su autoridad, influencia y confianza.
Respecto al proceso de discusión legislativa, Marité Guisbert, presidenta de la Red Nacional de Promotoras Comunitarias señaló que las organizaciones valoran la apertura de espacios de diálogo, aunque se lamentó que varios de los participantes hayan priorizado la obstrucción antes que el aporte técnico y sustantivo. En este marco, se llamó a fortalecer las mesas técnicas anunciadas por la Comisión de Derechos Humanos con la participación de especialistas del Órgano Judicial, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, organismos internacionales de derechos humanos y la academia.
Finalmente, la activista Yesica Velarde del colectivo Ciberwarmis reiteró que el Proyecto de Ley Nº 010 representa una oportunidad para saldar una deuda histórica con las víctimas de violencia sexual e hizo un llamado a las autoridades nacionales, a las y los asambleístas en ejercicio y a la sociedad en su conjunto a informarse adecuadamente sobre el contenido y alcance del Proyecto de Ley 010, y a priorizar, por encima de cualquier interés, la protección de las niñas, niños y adolescentes, afirmando que sus derechos no son negociables.

