Prohibición de exportaciones: una medida sin sentido e ilegal

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Windsor Hernani Limarino

No hay aceite o lo encuentras a altos precios. Ante ello, el gobierno decidió prohibir las exportaciones de éste producto. No pasó ni dos semanas y la restricción fue levantada.

Desde la perspectiva económica, ya se analizó mucho sobre los efectos dañinos que provocó la medida, así que no entraré en esa área. Sin embargo, subrayo que restringir el ingreso de divisas cuando lo que menos hay son divisas es darse un tiro en el pie.

¡Faltan dólares!, y e llo está ocasionando un incremento de los precios de los bienes importados y amenaza a sectores claves, como es el farmacéutico, de no poder proveer medicamentos, que son bienes esenciales, en algunos casos de vida o muerte. No es necesario ser economista para caer en cuenta de ello, la población ya lo sabe porque lo siente en su diario vivir.

Abordaré el tema desde la perspectiva del Derecho Comunitario, que refiere a los Acuerdos comerciales suscritos y la obligación de cumplirlos en el marco de la integración económica.

Bolivia desde 1969 forma parte de la Comunidad Andina (CAN), anteriormente denominada Acuerdo de Cartagena. El propósito de éste proceso de integración económico, es establecer un mercado común, que implica la libre circulación de mercancías y el establecimiento de un Arancel Externo Común. Es decir que el arancel aduanero que cobran los países miembros, sea el mismo.

Así, Bolivia, Colombia, Ecuador Perú y Venezuela, que luego abandonó el grupo, suscribieron el Protocolo de Trujillo, que determina los mecanismos y una institucionalidad para el logro del propósito. El Protocolo, en stricto sensu es un Tratado Internacional, suscrito de libre consentimiento, que debe ser cumplido. Es el principio de la “Pacta sunt servanda” que reza ¡lo comprometido, cúmplelo¡.

Para que las mercancías circulen libremente se estableció un  programa de liberación de bienes, que tiene por objeto eliminar los gravámenes y las restricciones de todo orden que incidan sobre la importación de productos de cualquier país miembro.

Cuando se dice  “gravámenes” se refiere a los derechos aduaneros y cualquier otro recargo de efecto equivalente, sea de carácter fiscal, monetario o cambiario, que incida sobre las importaciones; y cuando se menciona a  “restricciones de todo orden” también se refiere a cualquier medida de carácter administrativo, financiero o cambiario, que impida o dificulte las importaciones.

En síntesis, nada puede impedir que entre Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, las mercancías circulen libremente. “Nada” significa inexistencia total o carencia absoluta de todo, más claro “ninguna cosa”.

Cuando el gobierno boliviano unilateralmente decidió prohibir las exportaciones de aceite, cuyo principal destino son los países andinos, está imponiendo una medida ilegal en el marco de CAN, porque impide importar éste producto a compradores colombianos, ecuatorianos o peruanos. Eso es incumplir un Tratado Internacional. ¡No cumple lo que promete!.

Es penoso, ver como autoridades, asisten a cuanta reunión internacional se convoca. BRICS, CAN, CELAC, ALBA, CAN, G20, MERCOSUR, entre otros, sin entender a cabalidad su naturaleza y fin.  Así, por ejemplo, se cree erróneamente que la participación en los BRICS va aperturar mercados.  No es así, su propósito es otro, busca la modificación de las reglas de gobernanza global.

Para las autoridades de la diplomacia de los pueblos, lo importante es viajar, dar la vuelta al mundo en ochenta días. Total el discurso es el mismo, hay que echar la culpa de todos los males que padece la humanidad al capitalismo y  pedir que se levante el bloqueo a Cuba. Eso no puede faltar, para eso son los amigos, aunque la regla básica de las relaciones internacionales diga que los países no tienen amigos, ni enemigos, tienen intereses.

Ahora, somos miembros plenos de Mercosur. Que la diplomacia de los pueblos sepa, que ello implica no sólo viajar, hay que cumplir obligaciones. En éste caso ceder competencias a órganos regionales, principalmente la política comercial. Ya no es posible unilateralmente imponer medidas arancelarias o no arancelarias (como prohibiciones), porque a sí se me ocurre. ¡Ya no es así!, hay que hacerlo en el marco de los compromisos asumidos, para eso uno es miembro y no sólo para salir en la foto.

La prohibición de exportaciones de aceite, fue una medida sin sentido e ilegal como todo lo que hace el gobierno. Luego de cuatro años de gestión es evidente que la idoneidad es lo que menos cuenta, ya lo dijo el ex vocero presidencial, para ellos, “la meritocracia genera exclusión”, es decir como reza el tango cambalache, en la designación de cargos públicos “da lo mismo un burro, que un gran profesor”.

Windsor Hernani Limarino es economista y diplomático de carrera.

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