Los últimos datos preliminares del Censo de población y vivienda 2024 proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), muestra un crecimiento poblacional sorpresivo en algunos departamentos, donde su clase de líderes de opinión pública vaticinaban un escenario pésimo y otros con una proyección muy alta.
Pero los datos del Censo 2024 en comparación al Censo del 2012 el departamento de Oruro se muestra en crecimiento poblacional en el cuarto lugar a nivel nacional, lo que significa un crecimiento de 75.607 habitantes en comparación al censo del 2012, así se puede observar el comportamiento sobre el crecimiento poblacional y la redistribución de escaños en el siguiente cuadro:
DEPTO. | CENSO 2012 | CENSO 2012 | DISTRIBUCIÓN PRPORCIONAL (D.Hondt) | MENOR POBLACIÓN | MENOR DESARROLLO | TOTAL
ESCAÑOS |
SANTA CRUZ | 2657762 | 3115386 | 29 | 29 | ||
LA-PAZ | 2719344 | 3022566 | 29 | 29 | ||
COCHABAMBA | 1762761 | 2005373 | 19 | 19 | ||
POTOSÍ | 828093 | 856419 | 8 | 4 | 1 | 13 |
CHUQUISACA | 581347 | 600132 | 5 | 4 | 9 | |
ORURO | 494587 | 570194 | 5 | 4 | 9 | |
TARIJA | 483518 | 534348 | 5 | 4 | 9 | |
BENI | 422008 | 477441 | 4 | 4 | 8 | |
PANDO | 110436 | 130761 | 1 | 4 | 5 | |
TOTAL | 10059856 | 11312620 | 105 | 24 | 1 | 130 |
Cuadro elaborado en base a los datos del Censo 2012 y 2024
De acuerdo a los datos preliminares del Censo 2024, haciendo una proyección de redistribución en base al actual sistema de redistribución de acuerdo a la Ley 026, se tiene dos sistemas uno por equidad y el otro el sistema proporcional. El de equidad tiene dos formas de redistribución uno bajo el criterio de menor población y el segundo por Índice de Desarrollo Humano (IDH) la misma se redistribuye de la siguiente forma:
- a) Asignación mínima de Escaños a los departamentos con menor población, este criterio se establece dividiendo el total de la población con el número de dividendo nueve (9 departamentos) y el resultado es la media, en el presente caso la media poblacional resulta ser 256.957,78, por encima de la media poblacional están los departamentos de Santa Cruz, La-Paz y Cochabamba y los departamentos por debajo de la media poblacional están Potosí, Chuquisaca , Oruro, Tarija , Beni , Pando, estos últimos seis departamentos en el sistema vigente tendrían cada uno 4 diputados por tener menor población.
- b) Asignación mínima de escaños al departamento con menor grado de desarrollo económico un escaño, en el Censo 2012 conforme los datos del PNUD el menor departamento con IDH fue Potosí 615, a este departamento se le asignó un escaño, en la proyección actual es posible que se mantenga el departamento de Potosí con el más bajo IDH, por lo que también le correspondería un escaño.
Por equidad de los 130 diputados, 25 diputados es redistribuido por equidad, quedando 105 diputados que se redistribuye bajo el sistema proporcional, bajo el método de divisores naturales 1,2,3,4,5, etc. (D´Hontdt), de acuerdo a este sistema de redistribución proporcional el departamento que pierde un escaño sería Chuquisaca y el que gana sería Santa Cruz un escaño, esto siempre y cuando se mantenga el sistema vigente de redistribución de escaños. Empero el departamento de Oruro no pierde ningún escaño por encontrarse como el cuarto departamento con crecimiento poblacional después de Cochabamba.
La ley 026 en su art. 55.III establece “Esta composición será modificada por ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional después de un censo nacional de población”. Pero resulta necesario aclarar que las circunscripciones especiales serán distribuidas después en siete circunscripciones especiales: La-Paz, Santa Cruz, Cochabamba, Oruro, Tarija, Beni y Pando, estos escaños son redistribuidos dentro de cada departamento después de una redistribución por proporcionalidad y equidad, afectando solo al departamento que cuenta con circunscripción especial.
Al respecto las siete circunscripciones especiales deberían estar incluidos en la redistribución por equidad, lo que significaría que a los 25 diputados debería sumarse los siete diputados de la circunscripción especial indígena, y después recién debería ser redistribuido los 98 diputados restantes bajo el sistema proporcional entre los nueve departamentos, además los pueblos indígenas deberían tener una participación activa en la redacción del proyecto de ley de redistribución de escaños, ya que el art.6 inc. a) del Convenio 169 de la OIT establece que los pueblos indígenas deberán ser consultados cada vez que se prevean medidas legislativas que les afecte de manera directa.
Liber Arroyo es abogado