Lea el proyecto de Ley que, según la CEPB, confisca empresas y Evo dice «falso»

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El proyecto de Ley de Creación de Empresas Sociales fue aprobado el pasado lunes en Diputados. Cuando pasó ayer a Senadores, la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) denunció que esa norma busca confiscar la propiedad privada. Hoy, el presidente Evo Morales aseguró que “es falso que el gobierno nacional mediante proyecto de ley estaría planteando confiscar empresas privadas”. Y casi de forma simultánea, el presidente del Senado, Alberto Gonzales, paralizó el tratamiento de esta propuesta.

Los empresarios observaron fundamentalmente dos artículos del proyecto de Ley de Creación de Empresas Sociales: el 6 y el 7.

“Los trabajadores activos de una empresa sujeta a proceso de quiebra, concurso o liquidación y que el mismo hubiere concluido, con arreglo a lo dispuesto por los artículos 1612 y 1613 del Código de Comercio, en su calidad de acreedores privilegiados, podrán de manera voluntaria solicitar al juez que conoce la causa, la adquisición de la empresa (propiedad intelectual, marca, etc), bienes y negocios con la finalidad de conformar una empresa social”, estipula el artículo 6.

El 7 establece la constitución de empresas sociales en los casos de cierre o abandono injustificado de una empresa privada.

“Se entenderá que existe cierre de una Empresa Privada, cuando el empleador proceda al retiro de modo repentino y masivo de trabajadores, la huida del país del empleador, el cierre intempestivo de la empresa sin haber seguido el procedimiento del lock out”, indica el parágrafo I de este artículo.

El parágrafo II señala que “se entenderá por Abandono Injustificado de una empresa privada, el incumplimiento por parte del empleador en:
“a) el pago de obligaciones pecuniarias propias del funcionamiento de la empresa por un lapso superior a tres meses continuos; comprendiéndose dentro de las mismas el pago de salario, pago de aportes a la seguridad social de corto y largo plazo;
“b) La suspensión o disminución paulatina de las actividades productivas”.

El parágrafo II del artículo 7 puntualiza que “se excluyen de los conceptos anteriores, las empresas que por su actividad y naturaleza, suspendan el trabajo en ciertas temporadas del año”.

El presidente de la CEPB, Ronald  Nostas, declaró ayer que es inaceptable e irracional que haya una norma que establezca como causa para arrebatar la propiedad  el retraso en el pago de servicios, salarios y aportes a la seguridad social  durante tres meses continuos. Tan inaceptable como la disminución de las actividades productivas, agregó.

Esta mañana, el Presidente Evo Morales declaró, según la Agencia de Noticias Fides (ANF), que “es falso que el gobierno nacional mediante proyecto de ley estaría planteando confiscar empresas privadas”.

“Evidentemente, los fabriles plantearon que si una empresa privada está en quiebra, va a cerrar; si los obreros tienen capacidad económica, o con créditos de la banca, pueden pagar el costo de la empresa, pueden convertirse en empresa comunitaria y social; es su derecho, siempre y cuando paguen el costo de la empresa”, agregó Morales.

Casi de forma paralela, el presidente del Senado, José Alberto Gonzales, anunció la paralización del tratamiento de este proyecto de ley y convocó a la CEPB y a la Cainco a dialogar sobre los puntos observados.

Conozca el Proyecto de Ley de Creación de Empresas Sociales.

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