La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) concluyó, en el fallo de la Opinión Consultiva OC-28/21, que la reelección presidencial indefinida, no es un derecho que esté protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La decisión se enmarca en una Opinión Consultiva solicitada por el Gobierno de la república de Colombia, el 21 de octubre de 2019, a la Corte Interamericana, que defina si la reelección indefinida está protegida por la Convención Americana de Derechos Humanos.
El argumento que sostenía de que la Convención Americana convalida la reelección indefinida como derecho humano, fue usado por el Movimiento al Socialismo (MAS) en Bolivia para sustentar la repostulación de Evo Morales en 2019, a pesar de que la Constitución contempla la reelección por un solo mandato consecutivo.
Los puntos principales que emitió la Corte IDH son:
- La reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- La prohibición de la reelección indefinida es compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y la Carta Democrática Interamericana.
- La habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
La repostulación de Morales se la realizó posterior a su desconocimiento de los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016, cuando el 51,3% votó por el No a la reelección presidencial.
Pese a este resultado, en noviembre de 2017 el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), habilitó la postulación del líder cocalero, considerando que negarle la repostulación violentaba su derecho humano.
La decisión de la Corte – IDH, fue tomada por los jueces con cinco votos a favor y dos en contra. Los jueces que votaron a favor son: Elizabeth Odio Benito, presidenta (Costa Rica); Juez Eduardo Vio Grossi (Chile); Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia); Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor (México); y Juez Ricardo Pérez Manrique (Uruguay).
El juez Patricio Pazmiño Freire, vicepresidente (Ecuador) y el juez Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina) tuvieron voto disidente. Zaffaroni es abogado de Evo Morales, junto a Gustavo Ferreyra.
A continuación, lea completa la Opinión Consultiva OC- 28/21