octubre.- Un
informe de la Defensoría del Pueblo sobre feminicidio presentado hoy, cuando se
recuerda el Día de la Mujer Boliviana, revela que en cuatro años, entre 2008 y
2011, se reportaron 335 casos de los
cuales sólo 27 fueron procesados penalmente hasta llegar a una sentencia.
hallazgos de este informe nos muestran que existe una sensación de
‘naturalización de la violencia hacia la mujer y de sus efectos más graves, que
se originan en patrones socio-culturales muy arraigados, tanto en agresores
como en víctimas, produciéndose un peligroso círculo vicioso que contribuye a
elevar el sometimiento, la aceptación y la sensación de indefensión de las
afectadas, su dependencia psicológica y temor, así como
reducir su autoestima,
con lo cual, son muy pocas las que pueden presentar una denuncia ante las
autoridades.”, manifestó el Defensor del Pueblo, Rolando Villena.
queda en la impunidad y que el acceso a la justicia, sobre todo para las
mujeres, aún es un tema pendiente en el país.
Bolivia, presentado por Villena este 11 de octubre, contiene información
recogida en nueve ciudades capitales del país y 30 zonas rurales, trabajo que
fue realizado por la Adjuntoría de Programas y Actuaciones Especiales (APAE).
reportados, 170 se registraron en Cochabamba, 41 en Oruro, 36 en Chuquisaca, 26
en Potosí, 24 en Beni, 17 en La Paz, 13
en Pando, 5 en Santa Cruz y 3 en Tarija.
mujeres agredidas, la mayoría comprendida entre los 21 y 30 años y los 14 y
20, fueron víctimas, principalmente, por
sus esposos, convivientes, enamorados o ex parejas sentimentales.
casos reportados fueron tipificados como asesinatos, homicidios, homicidio
culposo, homicidio por emoción violenta y lesión seguida de muerte. Villena
considera que el feminicidio deber ser tipificado como un delito penal.
imperativo impulsar la generación de políticas normativas que definan al
feminicidio como delito y que esta figura penal específica sea inscrita en el
Código Penal que debe reformularse en breve”, manifestó.
de violencia contra las mujeres, sean niñas, adolescentes o adultas, que se
produce luego de que las víctimas han vivido situaciones sistemáticas y graves
de violencia de género sistemáticas, “violencia por el hecho de ser mujeres”.
ni el sistema de justicia ordinaria ni el sistema de justicia indígena
originaria campesina, resultan efectivos para proteger el derecho de las
mujeres a una vida libre de violencia y sancionar adecuadamente a los
agresores, evitando así que la situación de violencia llegue al extremo de
convertirse en feminicidio.
Pueblo, en el marco de sus funciones, llama la atención de todas las instancias
públicas del sistema de prevención, atención, protección y sanción de la
violencia contra las mujeres en el país, cuya labor resulta fundamental para la
prevención y sanción del grave fenómeno del feminicidio, para que tomen medidas
inmediatas tendientes a eliminar el alto nivel de impunidad que rodea a este
delito.