El fiscal de materia Marcelo Ricardo Soza Álvarez presentó el 20 de abril de 2011 la acusación contra 39 personas por los supuestos delitos de terrorismo y alzamiento armado contra la seguridad y soberanía del Estado. Siete años después, el 21 de marzo de 2018, el mismo fiscal era sentenciado a 12 años de cárcel por haber exigido dinero a familiares de involucrados para excluirlos del caso que data del 16 de abril de 2009.
Cuatro años antes de ser sentenciado, el 11 de marzo de 2014, el mismo Soza aseguró, en una carta pública, que el caso terrorismo que había investigado era un montaje del gobierno de Evo Morales para derrocar a la oposición política asentada en Santa Cruz. Aquella vez, también quedó revelado que durante la investigación corrieron sobornos, compra de testigos y presiones para incluir – sin pruebas- a líderes cruceños.
Este escándalo de corrupción es el primer «elemento probatorio» de los cinco que expusieron los fiscales Marco Antonio Rodríguez y Elsner Cruz Choque para retirar en febrero de 2020 la acusación del Ministerio Público en el caso que, según el gobierno del MAS, involucraba a líderes bolivianos de Santa Cruz en una conspiración que tenía como objetivo dividir Bolivia.
Segundo “elemento probatorio”
El Ministerio Público expuso como segunda causa para retirar su acusación otro escándalo de corrupción. ¿Cuál? La sentencia de tres años de cárcel por el delito de extorsión contra el abogado Moisés Ángel Ponce de León.
Las dos sentencias mencionadas – dice el memorial del Ministerio Público- “tienen una relación íntima entre sí, extremo que denota que el entonces Fiscal (Soza) no sólo de manera autónoma, sino valiéndose de terceras personas, tal es el caso del abogado Ponce de León ha efectuado cobros dinerarios a las víctimas”.
Tercer “elemento probatorio”
En esta parte, los fiscales Rodríguez y Cruz mencionan la renuncia y denuncia de la jueza ciudadana Sonia Mamani Vargas, integrante del Tribunal de Sentencia Primero de la ciudad de La Paz que desarrollaba el juicio oral del caso.
El 03 de enero de 2020, Mamani presentó un memorial en el que renunció a su función de jueza porque el juez técnico del Tribunal Primero, abogado Sixto Fernández “le hubiera referido que no podía votar de diferente manera sino como ellos indicaban, es decir, ‘los que estaban pagando’ (refiriéndose a funcionarios del Ministerio de Gobierno y en relación a viáticos), y no sólo eso sino que el modo de votación venía desde arriba”.
La entonces jueza Mamani identificó a un abogado del Ministerio de Gobierno (Filemón Sandóval) que, según la Fiscalía, le amenazó con hacerle devolver los recursos recibidos, le “prometió ayuda con su situación de salud y le instruyó votar como se indicaba porque estaba haciendo correr peligro al proceso”.
En términos del Ministerio Público, Sonia Mamani quería proceder en ley y hacer justicia, pero era presionada y amenazada por funcionarios del gobierno y el juez técnico del Tribunal de Sentencia Primero de La Paz.
“Con los últimos sucesos le ha quedado claro (a Mamani) que este proceso no es un juicio imparcial, con un tribunal independiente, dedicado a resolver la inocencia o culpabilidad de los acusados. Todo lo contrario, este juicio y el tribunal se han constituido para condenar a las personas sean o no culpables de los delitos que se acusan”, indicaron los fiscales Rodríguez y Cruz para retirar la acusación.
Cuarto “elemento probatorio”
La penúltima causa mencionada por la Fiscalía es la decisión del Ministerio de Gobierno, en la gestión de Arturo Murillo, de retirar la querella, en enero de 2020.
“Con el retiro de acusación particular del Ministerio de Gobierno, esencialmente con el fundamento del retiro, se ataca a la existencia del hecho punible, a la noticia críminis”, señala el memorial del 3 de febrero de 2020.
Quinto “elemento probatorio”
Esta causa está relacionada con la denuncia penal que presentó el Ministerio de Gobierno en la gestión 2020 para esclarecer la revelación de la jueza ciudadana Sonia Mamani.
“Denuncia que devela presuntos irregulares o ilegales manejos económicos del Ministerio de Gobierno (Carlos Romero Bonifaz), así como la subordinación de las juezas ciudadanas a esta cartera de Estado”, indica el citado memorial.
Basado en los cinco “elementos probatorios” indicados, el Ministerio Público retiró su acusación.
“Corresponde a esta representación fiscal (…) proceder al retiro de la acusación fiscal, por ante el tribunal competente, previo conocimiento del Fiscal Departamental”, escribieron los fiscales Rodríguez y Cruz.
El caso denominado terrorismo está relacionado con el hecho sucedido el 16 de abril de 2009, cuando a las 04.30 policías entraron al Hotel Las Américas en la ciudad de Santa Cruz, donde mataron a Eduardo Rózsa-Flores, húngaro-boliviano; Árpád Magyarosi, húngaro-rumano; y Michael Martin Dwyer, irlandés. En el mismo operativo, arrestaron a Mario Tadic, boliviano-croata; y Elod Tóásó, húngaro.
Ese mismo día, el presidente de entonces Evo Morales dijo que fue él quien instruyó el operativo para evitar, en su opinión, la división de Bolivia, y catalogó al grupo como mercenario. Posteriormente, la fiscalía relacionó a Rozsa y sus amigos con líderes cruceños y acusó a éstos de terrorismo.
Un informe de fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), difundido recién, estableció que en ese operativo hubo ejecuciones extrajudiciales (asesinatos) y tortura. Por ello, recomendó al Estado boliviano un juicio para encontrar a los responsables de ese crimen.