Autonomía universitaria en riesgo

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Autonomía para violar otra autonomía. Suena paradójico, pero es una posibilidad que puede ser realidad si el Estatuto Autonómico de Santa Cruz fuera aprobado en el referéndum departamental del próximo 4 de mayo.
Para evitar subjetividades, mejor que canten los artículos. En el Régimen de Educación, Cultura y Deporte, artículo 49, parágrafo I, “se reconoce plenamente la autonomía de la universidad pública del Departamento, Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, que consiste en la libre administración de sus recursos, en el nombramiento de su rector y demás autoridades, de su personal docente y administrativo, en la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales, en la aceptación de legados y donaciones y la celebración de contratos para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. La universidad pública puede, asimismo, negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación del Ilustre Consejo Universitario”.
El parágrafo II estipula que “la Universidad es obligatoria y suficientemente subvencionada por el Estado Nacional con fondos nacionales, independientemente de sus recursos departamentales, municipales y propios, creados o por crearse”. El parágrafo III agrega que la “U” está autorizada para extender diplomas académicos y títulos en provisión nacional. Hasta aquí todo bien, nada nuevo bajo el sol de la gloriosa autonomía universitaria.
El peligro está en el artículo 51, parágrafo I, que crea el Consejo Departamental de Educación Superior Universitaria, como ente autónomo y especializado, para normar, evaluar y acreditar la formación de profesionales en las instituciones de educación superior universitaria, tanto pública como privada.
Según el parágrafo II, este Consejo “está conformado por cinco miembros, designados cada uno para un período de cinco años. Dos miembros son nombrados por la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, dos por las universidades privadas y uno por la Federación Departamental de Profesionales de Santa Cruz”.
El parágrafo III reconoce al Gobernador del Departamento Autónomo de Santa Cruz de elegir de entre los cinco miembros y en base a calificación de méritos, al ciudadano que se desempeñará como Presidente del Consejo Departamental de Educación Superior Universitaria. Los otros cuatro miembros fungirán como vocales. ¡Qué tal! Por lo descrito en estos artículos, la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno será gobernada por el gobernador, quien nominará al presidente del Consejo Departamental de Educación Superior Universitaria, que será en los hechos un ente suprauniversitario.
Esta facultad no la tiene ni siquiera el Presidente de la República en la actual Constitución, que en el artículo 185, parágrafo II, señala que “las universidades públicas constituirán, en ejercicio de Autonomía, la Universidad Boliviana, la que coordinará y programará sus fines y funciones mediante un organismo central de acuerdo a un plan nacional de desarrollo universitario. Este ente está encarnado por el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana (CEUB), encabezado por Gonzalo Taboada, quien dirigió una dura resistencia contra las intenciones masistas e indigenistas de imponer en la Asamblea Constituyente una organización suprauniversitaria de control social.
¿Se habrá enterado de este atentado el vicerrector de la UGRM, Reymi Ferreira, que escribió un valioso libro de denuncia del poder de las logias en Santa Cruz? ¿Por qué Taboada y Ferreira no defienden la Autonomía con tanto ímpetu como lo hicieron frente a los indios? ¿Habrán devorado a Ferreira las logias? ¿Las logias no son un peligro para la autonomía universitaria, pero sí los indios?

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