Acerca de la demanda contra el Estado interpuesta por la AFP Previsión

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Por: Carlos Arze Vargas*
La reciente noticia de
que el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), accionista principal de la
Administradora de Pensiones Previsión (1) (BBVA Previsión AFP S.A.), habría iniciado una demanda de arbitraje contra el
Estado boliviano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias
relativas a Inversiones (CIADI), ha devuelto a la agenda del debate público el
carácter del Sistema de Seguridad Social y, en especial, el papel que han
jugado y juegan en él estas empresas privadas extranjeras.

Como se conoce, BBVA
Previsión estaría demandando una indemnización por su salida prevista de la
administración de una parte de los fondos de pensiones bolivianos, debido a la creación
de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (GPSS), determinada
por la Ley 065 de Pensiones del año 2010. Aunque no se conoce el monto que
estaría pidiendo bajo ese concepto, la posibilidad de que el CIADI dictamine en
su favor sería un atentado al país y otro resultado ignominioso más -que se
suma a los incontables resultados negativos- del sistema de capitalización
individual vigente.
Ahora bien, refiriéndonos específicamente a la demanda de arbitraje se
debe decir que, efectivamente, los acuerdos bilaterales de inversiones
suscritos durante la época neoliberal -cuando se llevó a cabo también la
reforma de la Seguridad Social-, son totalmente favorables a los grandes
capitales extranjeros y el Estado boliviano tiene todas las de perder.
Como se debe recordar, el gobierno del MAS denunció el Convenio sobre
Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de
otros Estados, el primero de mayo de 2007, lo que fue publicitado como una gran
medida “anti-imperialista” por los epígonos del gobierno. Lo cierto es que la
decisión de denunciar al Convenio es una opción presente en el mismo y abierta
a cualquier país que lo haya suscrito. Así, la salida de Bolivia del CIADI se
produjo sometiéndose a lo dispuesto por él, por lo que recién se efectivizaría
seis meses después de la denuncia, es decir a fines de octubre de 2007;
precisamente, ese lapso sirvió para que la Euro Telecom International (ETI)
demandara el 12 de octubre al Estado boliviano por la “nacionalización” de
ENTEL.
En el presente caso, BBVA estaría demandando al Estado boliviano
amparado en el Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones
entre el Reino de España y la República de Bolivia, firmado el 29 de octubre de
2001, el mismo que establece que las controversias pueden someterse, entre
otros, al CIADI. A pesar de que Bolivia salió del CIADI en 2007, el Convenio de
esa instancia, en su artículo 72, determina que dicha denuncia “no afectarán a
los derechos y obligaciones, conforme a este Convenio, de dicho Estado, sus
subdivisiones políticas u organismos públicos, o de los nacionales de dicho
Estado nacidos del consentimiento a la jurisdicción del Centro dado por alguno
de ellos con anterioridad al recibo de dicha notificación”. En otras palabras,
merced al tratado bilateral (en realidad, merced a todos los tratados
bilaterales anteriores a octubre de 2007), el CIADI puede continuar ejerciendo
el papel de tribunal de arbitraje. Aquí debe añadirse que el Estado boliviano
también denunció el tratado con España en enero de 2012, seis meses antes de la
conclusión de su “período inicial de diez años”; sin embargo, el tratado señala
en otro artículo que la protección a las inversiones realizadas con
anterioridad a esa denuncia sigue “estando en vigor por un período adicional de
diez años a partir de la fecha de la denuncia”, es decir, hasta enero de 2022.
Por todo lo anotado,
las probabilidades de que el Estado acabe reconociendo alguna millonaria
indemnización, en el marco de las disposiciones internacionales a las que se ha
sometido (la Constitución Política del Estado reconoce a los tratados
internacionales dentro de la jerarquía jurídica que rige en el país), son muy
altas.
Pero, al margen de ese
aspecto jurídico del problema, existen otros aspectos que vale la pena
considerar respecto a este problema.
Las AFP arribaron al
país a fines de la década de los años noventa, como brazos operativos de la
reforma que impuso el Sistema de Seguridad Social de Capitalización Individual,
consistente en una medida que buscaba la generación de un enorme ahorro de
largo plazo puesto a disposición de los capitalistas locales y extranjeros,
ajena a todo interés por garantizar una vejez digna a los trabajadores
bolivianos. Para cumplir la tarea de administrar los fondos provenientes de los
aportes laborales, el gobierno neoliberal de ese entonces constituyó un
duopolio, transfiriendo a los afiliados del antiguo sistema a las AFP
extranjeras y promoviendo la afiliación de miles de trabajadores al nuevo
sistema. De esa manera, el número de afiliados creció exponencialmente, aunque
sólo la mitad o incluso menos de los afiliados cotizara regularmente; de ese
modo, la afiliación que hoy día sobrepasa los dos millones de personas es un
espejismo y sólo sirvió para garantizar la continuidad del duopolio de las AFP (2).
Esta situación fue
favorable a las AFP desde el principio, pues recibieron más de trescientos mil
clientes de entrada -como afiliados obligados por la reforma- que les generaron
desde el principio enormes ganancias. Más aún, por varios años, el Estado, a
través de préstamos (vía títulos fiscales) para financiar sus gastos, habida
cuenta de su insolvencia ocasionada por la privatización de sus empresas, les
garantizó altas tasas de rendimiento a las inversiones que realizaban con los
fondos para la jubilación, por lo que no tuvieron mucho trabajo, a diferencia,
por ejemplo, de otras entidades financieras sujetas al vaivén del mercado. Hoy,
cuando el gobierno goza de excepcionales rentas por la explotación de recursos
naturales por el ciclo de precios altos de las materias primas, los
rendimientos de las inversiones de los fondos de jubilación han caído
estrepitosamente, tanto que deflactadas sus tasas anuales por la inflación,
resultan casi nulas y hasta negativas en varias oportunidades, como lo muestra
el siguiente gráfico.
Lo más importante,
empero, fue que se estableció en su favor, el derecho de cobrar varias
comisiones para ese cometido: i) comisión por la administración de los
portafolios de inversiones del Fondo de Capitalización Individual y del Fondo
de Capitalización Colectiva (acciones de las empresas “capitalizadas”), de
0.2285% del valor de los mismos; ii) comisión por la administración de
prestaciones de Riesgo Común y Riesgo Profesional/laboral (RC/RP/RL),
consistente en el 0.85% sobre el monto recaudado de las primas; iii) comisión
por la administración de las cuentas individuales de los aportantes al sistema,
consistente en el 0.5% del salario cotizable del afiliado; y iv) comisión por
servicios prestados a las compañías de seguros que estaban encargadas, hasta
noviembre de 2006, de administrar las prestaciones de RC/RP/RL, por los que
cobraban el 11% del valor de las primas transferidas.
Ahora bien, el pago de
estas comisiones, en especial la i) y iii), no está sometido, de ninguna
manera, a la condición de obtener resultados positivos para los aportantes, que
son, en última instancia los dueños de los ahorros sometidos al riesgo
financiero. Finalmente, en el caso de la comisión por el pago de las pensiones,
cuya fijación tardó bastante -recién en diciembre de 2002 se determina su monto
mediante una Resolución Administrativa de la Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros (SPVS)-, alcanza un porcentaje que equivale a 2,62 veces el porcentaje
de comisión recibida por la administración de los fondos de los trabajadores
activos; en otras palabras, resulta una carga abusiva (3) sobre los jubilados que pagan por ese servicio casi el triple de lo que pagaban
por la administración de sus aportes cuando eran trabajadores activos.
Contradictoriamente, la
reforma que llevó a cabo el gobierno de Evo Morales en diciembre de 2010, Ley
065, a pesar de determinar la creación de la Gestora Pública en sustitución de
las AFP, al establecer un período de transición durante el cual las AFP
continuarían a cargo de la administración de dichos fondos, les autorizó a continuar
con el cobro de las tres comisiones establecidas por la neoliberal Ley de
Pensiones 1732 de 1996. En otras palabras, las AFP siguieron cobrando durante
estos 7 años de vigencia de la nueva ley, las comisiones que generosamente les
había otorgado la reforma neoliberal. Esto resulta no sólo contradictorio con
el discurso del gobierno de Evo Morales, sino sospechosamente beneficioso para
las AFP, pues el retraso en el funcionamiento de la GPSS es atribuido a
“dificultades” en el traspaso de datos, pero no da más detalles sobre el
contratiempo (4).

De esa manera, la implementación del Sistema Integral
de Pensiones (SIP) creado por la Ley 065, que ha generado nuevos recursos
provenientes de los recientemente creados aportes solidarios y con servicios
ampliados de pago de rentas solidarias, se tradujo en un importante incremento
de los ingresos operativos de las AFP, que se han traducido en enormes utilidades
netas.  En efecto, los datos oficiales
muestran que las ganancias netas anuales de las AFP experimentaron un alza
importante desde la aprobación del nuevo sistema de pensiones llevado a cabo
por el gobierno de Evo Morales.
En términos absolutos
las ganancias acumuladas de las dos AFP para los seis años posteriores a la
reforma de 2010 -para los que existe información disponible- superaron los cincuenta
y tres millones de dólares. El crecimiento de las ganancias netas anuales,
además, muestra un crecimiento sostenido a lo largo del período.  En términos relativos, el crecimiento de las
utilidades netas en el año posterior a la reforma masista fue de 77.5%. Este
incremento extraordinario resalta aún más si tomamos en cuenta que en los tres
años anteriores a la aprobación de la Ley 65 las utilidades habían mostrado una
tendencia a la baja, llegando en 2010 a rebajar en 40%.
Además, el incremento
de las ganancias de las AFP luego de la reforma del MAS resulta mayor que el
verificado en los años previos: mientras el promedio del período 2005-2010 era
de 6.2 millones de dólares, la ganancia anual promedio del período 2011-2016 llega
a los 8.9 millones de dólares; en otras palabras, con la reforma del gobierno
de Evo Morales, la ganancia anual promedio de las AFP es mayor que el promedio
de los años inmediatamente anteriores.
Como se puede ver, entonces, la AFP Previsión –al igual que la AFP
Futuro-, fue una de las beneficiadas de la privatización de la Seguridad
Social, obteniendo enormes ganancias en desmedro de la situación de los
trabajadores que están condenados a obtener rentas miserables cuyos niveles
están muy lejos de los del último salario percibido y, peor aún, del valor de
la canasta alimentaria. Esta situación bonancible, sin embrago, no sólo duró
mientras en el país gobernaban regímenes neoliberales, sino que se extendió
hasta ahora, con un gobierno que prometió recuperar los principios del Código
de Seguridad Social y dignificar la vida de los jubilados. Por eso, este proceso
iniciado por el BBVA, podría ser un regalo adicional a los enormes beneficios
obtenidos por la administración -pésima- de los fondos de jubilación de los
trabajadores bolivianos: sólo en los últimos 7 años en los que está vigente la
nueva Ley de Pensiones, se embolsilló 28,4 millones de dólares como utilidad
neta (el gobierno de Evo les reconoce todas las comisiones de la ley neoliberal
durante el tiempo que dure la implementación de la Gestora Pública que,
paradójicamente, obtendrá sólo una de las tantas), a pesar de que la
rentabilidad de los fondos cayó de forma estrepitosa pues nunca estuvo obligada
(ni con Goni ni con Evo) a demostrar resultados positivos por las inversiones
con los fondos laborales que administra.
En conclusión, las dificultades surgidas en el último tiempo a partir de
varios procesos impulsados por empresas privadas extranjeras en contra del
Estado boliviano, son el resultado previsible de la aplicación de los onerosos
tratados bilaterales firmados en la década de los años noventa y, es necesario
remarcar, de la forma que asumió la “nacionalización” en manos del gobierno de
Evo Morales. La verdad es que las más importantes acciones de
“nacionalización”, tuvieron un carácter reactivo y no fueron producto de una
política preconcebida –menos aún deseada- por el gobierno; en algún caso se
produjo ante la inminencia de una crisis energética (sector eléctrico), en
otros para resolver conflictos sociales cruentos iniciados por algún sector
afín al régimen (Huanuni y Colquiri) y otras por razones más baladíes. Y es que
el gobierno de Evo nunca tuvo, ni tiene la menor intención de romper con el
capitalismo – pues cree firmemente que los capitales transnacionales coadyuvan
al desarrollo del país y les invita cada vez con más ahínco a explotar los
recursos nacionales. Por ello, esas acciones se llevaron a cabo sometiéndose a las
propias disposiciones de los denostados acuerdos bilaterales y tratados
internacionales; lo que resulta toda una demostración de que el gobierno actual
es respetuoso de la legalidad “burguesa e imperialista”. Nunca, durante los
últimos doce años, hubo ruptura ni desconocimiento radical de la
«autoridad» del CIADI ni desconocimiento del tratado con España ni
con otros países -es decir, declaración apoyada por hechos, de que no se
cumpliría su contenido por considerarlo ilegítimo respeto al derecho del pueblo.
No debe extrañar, entonces, que las relaciones del gobierno de Evo con el Reino
de España fueran muy cordiales y que hasta se haya declarado, desde esferas
oficiales bolivianas, que hay afinidad entre los intereses de ambas naciones (5).

Con todo, no es posible aceptar que la empresa extranjera que ha
obtenido enormes ganancias de un sistema oprobioso, creado sobre la destrucción
de la Seguridad Social, obtenga todavía una indemnización aduciendo ser víctima
de una reforma que después de siete años le sigue permitiendo jugosas
utilidades. Su presencia en el país no significó progreso ni mejora de las
condiciones de vida de la población y ni siquiera puede aducir que lo que
obtiene es resultado de su esfuerzo, pues como se ha constatado, el rendimiento
de las inversiones que realiza con dinero ajeno no sólo que es muy bajo, sino
sostenidamente decreciente. En una situación normal, cabría llamar a la Central
Obrera Boliviana a reclamar por esta situación, sin embargo, como ya lo ha
declarado su principal dirigente, para esa organización el gobierno está
obligado a negociar y conciliar un “resarcimiento” al BBVA (6).
*******************
Notas: 
[1] De acuerdo a la Memoria
Anual 2017 de BBVA Previsión AFP S.A., el BBVA detenta el 80% de las acciones
de la sociedad.
[2] Según datos oficiales, en
2006 el porcentaje de afiliados que cotizaban regularmente era de 52%, el mismo
que cayó hasta llegar ser sólo 32% en 2015.

[3] La Resolución Administrativa SPVS-IP N° 963/2002, establecía como “tope
máximo” el 1,31%, pero las AFP lo cobran como el porcentaje corriente y único.
[4] Un especialista en finanzas señala, con mucha claridad, que siendo que
toda la información de las AFP están digitalizadas, ese proceso no debería
tomar tanto tiempo, y pone como ejemplos procesos más complejos y grandes
ocurridos en otros países, que llevaron mucho menos tiempo del que está
tardando la puesta en marcha de la GPSS (ANF, 16/08/208).
[5] Después de conocida la demanda de BBVA, en estos días la prensa nacional
informa de la próxima llegada del presidente español Pedro Sánchez, con el
objetivo de firmar varios convenios “sobre intercambios productivos”. En las
notas periodísticas se señala, además, que el embajador español en Bolivia
destaca la “seguridad jurídica para las inversiones” españolas que existe en el
país (El Deber, 16/08/2018).
[6] El Diario, 15/08/2018.
*Carlos Arze Vargas es investigador del CEDLA.

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