/

Estado de excepción: la Asamblea tiene 72 horas para aprobar o rechazar la medida decretada por Rodrigo Paz

504 views
2 mins read

La declaratoria de estado de excepción anunciada este sábado por el presidente Rodrigo Paz no entra en una etapa exclusivamente gubernamental. A partir de ahora, el protagonismo pasa a la Asamblea Legislativa Plurinacional, que deberá decidir si aprueba o rechaza la medida extraordinaria adoptada por el Ejecutivo para enfrentar los más de 50 días de bloqueos y conflictos que afectan al país.

El Decreto Supremo 5636 declara estado de excepción por conmoción interna en todo el territorio nacional durante 90 días y otorga facultades extraordinarias a las Fuerzas Armadas y a la Policía para restablecer el orden público, garantizar el abastecimiento de alimentos, combustibles y medicamentos, y proteger la infraestructura estratégica del Estado.

Sin embargo, la Constitución Política del Estado y la Ley 1740 de Regulación de Estados de Excepción (Art. 13) establecen que la última palabra sobre la continuidad de la medida corresponde a la Asamblea Legislativa Plurinacional.

¿Cuánto tiempo tiene la Asamblea?

La ley establece un procedimiento con plazos precisos.

Una vez emitido el decreto, el Presidente del Estado debe comunicar formalmente la declaratoria a la Asamblea Legislativa. Posteriormente, el presidente en ejercicio de la Asamblea está obligado a convocar una sesión permanente dentro de las siguientes 24 horas.

A partir de la declaratoria, la instalación del debate, la deliberación y la votación no pueden exceder las 72 horas. Es decir, la Asamblea dispone de un máximo de tres días para pronunciarse sobre la vigencia del estado de excepción.

La decisión se adopta mediante resolución de la Asamblea Legislativa y requiere mayoría absoluta de los miembros presentes.

¿Puede la Asamblea rechazar el estado de excepción?

Sí.

La función de la Asamblea no es únicamente tomar conocimiento del decreto. La ley le otorga la facultad de aprobar o rechazar las medidas asumidas por el Órgano Ejecutivo. Por ello, el debate parlamentario se convertirá en el principal escenario político de los próximos días.

La votación permitirá conocer si existe respaldo legislativo suficiente para sostener las restricciones y facultades extraordinarias establecidas en el decreto presidencial.

El papel de fiscalización

Más allá de aprobar o rechazar la medida, la Asamblea tiene una segunda responsabilidad: ejercer control político sobre la ejecución del estado de excepción.

La Ley 1740 establece que, una vez concluida la medida extraordinaria, el Órgano Ejecutivo deberá rendir cuentas ante la Asamblea en un plazo no mayor a 30 días hábiles. El informe deberá explicar las razones que motivaron la declaratoria y el uso que se hizo de las facultades conferidas por la Constitución y la ley.

Esto significa que el Legislativo no solo controla el nacimiento del estado de excepción, sino también su desarrollo y sus resultados.

Lo que está en juego

La decisión parlamentaria tendrá efectos inmediatos sobre una medida que restringe temporalmente derechos vinculados a la circulación, las reuniones públicas y los bloqueos de carreteras, al mismo tiempo que amplía las facultades operativas del Estado para restablecer el abastecimiento y la transitabilidad.

Por ello, las próximas 72 horas podrían convertirse en uno de los momentos políticos más importantes desde el inicio de la crisis. Mientras el Gobierno sostiene que la medida es necesaria para recuperar la normalidad después de más de 50 días de bloqueos, será la Asamblea Legislativa la que deberá determinar si el estado de excepción cuenta o no con la legitimidad política suficiente para mantenerse vigente.

Facebook Comments

Latest from Blog